SELECCIÓN POR CONCURSO DE MÉRITOS DE PERSONAL PARA TRABAJOS DE VIALIDAD INVERNAL POR ACUMULACION DE TAREAS Y CIRCUNSTANCIAS OCASIONALES E IMPREVISIBLES PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BERCHULES
31 marzo, 2023
Ismael Padilla Gervilla, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Bérchules (Granada).
Hace saber:
Visto el RD-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la
garantía de la estabilidad en empleo y la transformación del mercado de trabajo, visto el art. 15 del
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que solamente se permite la
contratación de personal de duracion determinada por razones expresamente justificadas de
necesidad y urgencia, por circunstancias ocasionales e imprevisibles, causa suficiente habilitante
para dicha contratación, y su conexión con la duración prevista.
Vista la necesidad de llevar a cabo tareas de mantenimiento de naturaleza estacional, sin unos
periodos de ejecución ciertos ni determinados; tareas que suponen un incremento ocasional e
imprevisible de la actividad y generan un desajuste con el personal disponible. Por el tiempo
reducido para llevar a cabo dicha contratación se aprueba esta selección de forma excepcional,
ocasional e imprevisible.
Que esta Alcaldía, mediante Resolución nº 2023-0029 de fecha 31 Marzo de 2023, ha aprobado
las Bases para la selección de personal laboral de acumulación de tareas de peón para trabajos
de vialidad invernal., mediante concurso, así como efectuar la convocatoria para la selección del
mismo. Se anexan las citadas bases que regirán la convocatoria, que se insertan también en el
Portal de Transparencia de la Sede Electrónica Municipal de este Ayuntamiento.
En consecuencia, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 3 días hábiles a
contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el PORTAL DE
TRANSPARENCIA de la Sede Electrónica Municipal. Los sucesivos anuncios de esta
convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede
electrónica del este Ayuntamiento. Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía
administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.