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APROBACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO AMBULANTE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BÉRCHULES

18 julio, 2024

APROBACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL COMERCIO AMBULANTE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BÉRCHULES

ANUNCIO CONSULTA PÚBLICA
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de la Ordenanza Municipal reguladora del comercio ambulante en el término municipal de Bérchules, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario durante el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) Problemas que se pretender solucionar con la iniciativa. Desde el Ayuntamiento de Bérchules se pretende regular la actividad comercial en las diferentes modalidades de comercio ambulante, disponiendo así de una normativa local actualizada a la legislación vigente, principalmente en la materia, procedimiento administrativo y régimen jurídico de las Administraciones Públicas, así como aquellas otras materias que fuesen de aplicación al efecto.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación. El Ayuntamiento de Bérchules pretende aprobar la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en el Término Municipal de Bérchules, por ello con el objetivo de garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas -LPACAP-, con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza, se sustancia una consulta pública previa para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma. En este caso, se pretende crear una Ordenanza con vocación de vigencia a largo plazo, dando así cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio Ambulante
Por todas estas razones y circunstancias que actualmente están dificultando la agilización de tramitación de procedimientos en materia de comercio ambulante, hacen precisa estrictamente necesaria la creación de la citada ordenanza.
c) Objetivos de la norma.
1.- Realizar su adaptación a la vigente legislación aplicable en materia de comercio ambulante, procedimiento administrativo y régimen jurídico de las Administraciones Públicas, así como en aquellas otras materias que fuesen de aplicación al efecto.
2.- Disponer de un marco normativo local que regule el comercio ambulante en la localidad
3.- Mejora la calidad del servicio público y la atención tanto a comerciantes como personas consumidoras, así́ como colectivos, asociaciones o interesados en general, en la relación con el Ayuntamiento de Bérchules, en la materia.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. A nivel regulatorio es preciso disponer de una normativa reguladora local adaptada a la legislación, que normalice y regule en el ámbito local, la gestión y del comercio ambulante en la localidad.

ANUNCIO CONSULTA PÚBLICA